El sector de instalaciones y elevación piden al ministro de Justicia que las Juntas de Propietarios puedan ser telemáticas

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“Para resolver este problema entendemos necesario que se apruebe una modificación del artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, que permita que las Juntas se puedan reunir y, adoptar en ellas acuerdos por medio de videoconferencia o de otros medios de comunicación, aunque no lo prevean sus Estatutos, siempre que lo solicite el presidente y de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal”, se añade en la carta.

En el escrito se recuerda el caso de Cataluña, donde a través del artículo 553-22, se aprobó que “el derecho de asistencia a la junta corresponde a los propietarios, los cuales asisten personalmente o por representación legal, orgánica o voluntaria, que debe acreditarse por escrito. Los estatutos pueden establecer, o la junta de propietarios puede acordar, que pueda asistirse por videoconferencia o por otros medios telemáticos de comunicación sincrónica similares”.

Además de enviar la carta al Ministerio de Justicia, se ha trasladado esta petición a la Subdirección General del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que además de tener la competencia en materia de seguridad industrial, les ha hecho llegar su apoyo a la petición, ofreciendo su colaboración.

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